REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-020527

La ciudadana GIOVANA PASCUCCI STELLUTO, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 4.723.878, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron el nombre de su padre como “MIGUEL”, siendo lo correcto “MICHELE”. La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó resolver sumariamente previa notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO, de la solicitante GIOVANA PASCUCCI STELLUTO, antes identificada, ya que por error asentaron el nombre de su padre como “MIGUEL”, siendo lo correcto “MICHELE”. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO AUTONOMO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 1922, folio S/N, año 1957. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil ocho. Años: 197° y 149ª.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. LUISA A. AGÜERO E.

Publicada en su fecha a las 3:00 p.m.

HRPB/LAAE/Ma. Elena.