REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-001489
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano MIGUEL ANGEL ORELLANA OLIVERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.783.112, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 200.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana (a) MIGUEL ANGEL ORELLANA OLIVERA, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CALLE 9 (CALLE COLOMBIA) CON CALLE 2 (AVENIDA MADRID) URBANIZACION SANTA ELENA, BARQUISIMETO, ESTADO LARA, y alinderada así: NORTE: En linea de 29 mts. con terreno ocupado por Francisco Salazar; SUR: En linea de 29,00 mts. Con terreno ocupado por José Posadas Escudero; ESTE: En linea de 19,70 mts. Con terreno ocupado por Walter Luis Galvez y OESTE: En linea de 19,70 mts. Con calle 9 (calle Colombia) que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA ACC,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
HRPB/LAAE/ij.