REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-000144

La ciudadana MARTA DEL CARMEN LEAL DE MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.323.772, domiciliada en la población de Humocaro Bajo, Estado Lara, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU ACTA DE MATRIMONIO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su cónyuge como: “VALERIO MEZA GARCIA”, siendo su nombre correcto: “VALERIANO MESA GARCIA”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana MARTA DEL CARMEN LEAL DE MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.323.772, domiciliada en la población de Humocaro Bajo, Estado Lara, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su cónyuge como: “VALERIANO MESA GARCIA”.- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Humocaro Bajo, del Municipio Morán del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en el Acta de Matrimonio signada bajo el Nº 5, del año 1967. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Trece (13) días del mes de Marzo de dos mil Ocho.- Años. 197º y 149º.-

El Juez., La Secretaria Acc.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.

Publicada en su fecha a las 11:35 a.m.

HRPB/LAAE/jysp.-