REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-017949
El ciudadano LEOVARDO JESUS CASTELLANO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.170.881, de este domicilio, manifestó estar separado de su esposa LUZ MARINA DELGADO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 11.032.809, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 14-11-2007, se acordó la comparecencia de la cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran el ciudadano LEOVARDO JESUS CASTELLANO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.170.881, de este domicilio, y la ciudadana LUZ MARINA DELGADO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 11.032.809, de este domicilio, , por ante el PREFECTO DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, en fecha 17 de diciembre 1992. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los doce días del mes de marzo de dos mil ocho.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 11:00 a.m.
HRPB/LAAE/m. Elena.
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