REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE


Barquisimeto, 27 de Marzo de 2008
Años: 197º y 148º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2007-003116


Vista la solicitud presentada por la Abogada ENMA SUAREZ Defensora Pública Penal, actuando como defensora privada del penado: HOMERO CESAR PEREZ titular de la cédula de identidad Nro. 10.260.842 notificando que su representado se encuentra en el Estado Trujillo y requiere traslado al Centro Hospitalario, el tribunal DECLARA SIN LUGAR su petitum, toda vez que en fecha 29 de Enero de 2008, mediante auto que le fue notificado a la defensa, el tribunal ORDENO la designación de un tribunal de vigilancia y control para el penado en la ciudad de Trujillo, y ante el cual el penado, de conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, tramitara debidamente fundamentado cualquier petitum que involucre los derechos del mismo. Regístrese publíquese, y notifíquese. Cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 3


Abog. Pilar Fernàndez de Gutiérrez

La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria