REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 27 de Marzo de 2008
Años: 197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-006306
Visto el presente asunto, y toda vez que de la revisión del mismo se evidencia que el penado WALTER ADAN CABAS LINAREZ cédula de identidad Nro. 22.331.300 fue condenado a cumplir la pena de UN (1) año y ocho (8) meses de prision, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION encontrándose actualmente en cumplimiento de la condena bajo una de las formulas alternativas de cumplimiento de Pena “Régimen Abierto” otorgado el 24 de Septiembre de 2007, constando en el asunto Informe presentado por el Delegado de Prueba y Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Lucrecia Hernández” en el cual solicitan la REVOCATORIA del beneficio otorgado al penado, por grave falta cometida en el Centro de Tratamiento Comunitario, al encontrarse evadido desde 29-2-08, y toda vez que no consta en actas, que el penado se hubiese presentado por ante el tribunal o reingresado al Centro Comunitario a los fines de cumplir la pena impuesta, manteniéndose en condición de evadido desde la fecha ya citada, es por lo que este Tribunal ORDENA librar ORDEN DE CAPTURA, en contra del referido penado y una vez aprehendido póngase a la orden de este tribunal, a los fines de imponerle en audiencia, de la solicitud presentada por el Consejo Disciplinario del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Lucrecia Hernández” y oídos sus alegatos, emitir el correspondiente pronunciamiento sobre el mantenimiento la formula alternativa de cumplimiento de la pena corporal que le fuera otorgado por este tribunal.
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal tercero de Ejecución, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, en contra del penado WALTER ADAN CABAS LINAREZ cédula de identidad Nro. 22.331.300, quien es Venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nro. 18.956.759 cuyo último domicilio conocido es EL UJANO AVDA. LOS PARADEROS, CALLLE 14 DE FEBRERO CON SIMON BOLIVAR NO. 296 EN BARQUISIMETO, EDO. LARA, y quien se encuentra condenado a cumplir pena de TUN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION. Remítase copia del presente auto al Centro Comunitario “Dra. Nilda Lucrecia Hernàndez” Ofíciese lo conducente a las autoridades respectivas. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 480 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria