REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 24 de Marzo de 2008
Años: 197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-006876.-
Vistos los escritos presentados por la Defensa Técnica de la Acusada NOHEMI LOURDES VALERO MOGOLLON, titular de la cedula de identidad Nº 7.761.296, que corre inserta en los folios útiles 407,409, 410, este Tribunal no tiene materia sobre la cual decidir , toda vez que en fecha 12-03-2008, fue dictada Sentencia Absolutoria a favor de la acusada de marras, quedando la misma en libertad plena desde la sala de juicio. Todo de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Líbrense oficios, y notifíquese.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-
JUEZA DE JUICIO Nº 1
Abg. AMELIA I. JIMENEZ GARCIA.-
LA SECRETARIA.
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