REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, cuatro de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: FP02-V-2007-000217
RESOLUCION N° PJ0182008000157

Visto el escrito de pruebas presentado por el abogado ELVIS GONZALEZ, en fecha 26 de febrero de 2.008, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUISA TERESA GARCIA, parte actora en el presente proceso, el tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha 15 de noviembre de de 2.007, fué practicada la citación de la parte demandada, FUNDAUDO en la persona de su representante legal JUAN PEÑATE GONZALEZ mediante comisión, recibiéndose dicha comisión en fecha 05 de diciembre de 2.007, concediéndose a la parte demandada el lapso de cuatro (4) días como término de distancia comenzando a correr dicho lapso el día 06 de diciembre de 2.007, y feneciendo el mismo en fecha 09/12/2.007, es decir, a partir del día 12 de diciembre de 2007 comenzó a correr el lapso para la contestación de la demanda venciendo dicho lapso el día 24 de enero de 2.008; quedando abierto a pruebas por un lapso de QUINCE DIAS DE DESPACHO, contados a partir del día 29 de enero de 2008, el cual precluyó el día 25 de febrero de 2008.- Ahora bien, por todo lo antes expuesto y del cómputo efectuado se evidencia que las pruebas de la parte actora fueron presentadas EXTEMPORÁNEAS POR TARDÍAS, por lo que este tribunal NIEGA su admisión, y ASI SE DECIDE.-
La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,


Sofía Medina.-