ACTA
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-001099
PARTE ACTORA: JACKSON JOSE CARVAJAL GOMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ENRIQUE RAFAEL SALAZAR SAAVEDRA
PARTE DEMANDADA: GRAFITOS DEL ORINOCO, CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DARIO PLAZ LUGO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 31 de Marzo de 2008, siendo las 2:00 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, solamente compareció la parte demandada GRAFITOS DEL ORINOCO, C.A., a través de su apoderado judicial el ciudadano DARIO PLAZ LUGO, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el N° 8.664, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo (7) Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 197.
El Juez
El Secretario
ABG. JOSE MIGUEL RIVERO
Los Presentes
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