REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-V-2008-002190
Vista la solicitud intentada por la ciudadana MARY CARMEN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.417.392, en su condición de Apoderada de la ciudadana ISIDRA DEL CARMEN RAMIREZ, asistidas por el Abogado Manuel Díaz, Inpreabogado Nº 61.700; con fundamento en los Artículos 77 y 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, mediante la cual solicita se declare la existencia de unión concubinaria de los ciudadanos ISIDRA DEL CARMEN RAMIREZ y ALFREDO ANTONIO GONZALEZ TORREALBA; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara INADMISIBLE la presente solicitud, toda vez que debe ser intentado por la vía del procedimiento contencioso ordinario y corresponde a la parte interesada invocar la misma. Se ordena el archivo del presente expediente y la devolución de los documentos originales.

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.,


Abg. Roger Adán Cordero


OERL/ml