REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-011433
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DILCIA JOSEFINA ESCOBAR CARUCI, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.264.823, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicado en el sector Los Tulipanes calle 3 con carrera 5 y 6 Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, con una superficie aproximada de TRECIENTOS METROS CUADRADOS (300 MTS2); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: con calle tres (3) que es su frente; SUR: con casa de Efraín Guevara; ESTE: con casa de Lucia Escobar y OESTE: con carrera 5. Dichas bienhechurías consiste en una pieza, una sala, - comedor - cocina, una puerta de madera, piso de cemento, construida con paredes de zinc, techo de zinc, cerca de alambre de púas con estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 500,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: SUSANA CASTILLO Y AURA SUÁREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana DILCIA JOSEFINA ESCOBAR CARUCI, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria Acc,
Eliana Hernández Silva
MJP/Mildred
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