REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-004304

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ELIA MARIA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.353.766, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Caserío Laguna de Paja, vía Cordero, Entrada Laguna Salada, Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno propiedad del Municipio, en una extensión aproximada de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (782 Mts.2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terreno ocupado por Carlos Rivero; SUR: Vía Laguna Salada; ESTE: Terreno ocupado por Rosa Martínez; y OESTE: Terreno ocupado por Rosa de Reyes. Dichas bienhechurías consisten en una casa de bloque, piso de cemento y cerámica, techo de zinc, de tres (3) habitaciones, tres (3) baños, sala, comedor, cocina, estar. El valor invertido es la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 35.000.000,00) [Bs. F. 35.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: ROSA REYES y EMISAEL MONTERO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana ELIA MARIA REYES, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria Acc,


Eliana Hernández Silva


MJP/dmg