REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diecisiete de Junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-007928
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana MARIA AGUSTINA ALVARADO DE AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad número V-4.385.516, domiciliada Pasaje La Escuela Sector, Callejón sin nombre, adyacente a la Escuela Juárez, Pueblo Arriba, Pueblo de Santa Rosa, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado a DOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARIA AGUSTINA ALVARADO DE AGUIRRE, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: PASAJE LA ESCUELA SECTOR, CALLEJÓN SIN NOMBRE, ADYACENTE A LA ESCUELA JUÁREZ, PUEBLO ARRIBA, PUEBLO DE SANTA ROSA, PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de Quince Metros (15 mts) con terrenos ocupados por Verónica Poleto; SUR: En línea recta de Dieciséis metros (16 mts) con Eligio Aguirre; ESTE: En línea recta de once con treinta metros (11,30 mts) con terreno ocupado por Diocelis de Aguirre; OESTE: En línea recta de Dieciséis cin Diez metros (16,10 mts) con Callejón sin nombre, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/Loreand
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.