REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, 19 de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-O-2006-000066
Visto el auto de admisión de fecha 27 de junio de 2007, y por cuanto hasta la presente fecha ha transcurrido más de seis (6) meses, sin que la parte interesada haya dado impulso procesal para la continuación del proceso, este Tribunal acogiendo el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de enero de 2002, Exp. Nº 01-1317, Sentencia Nº 16, con ponencia del Magistrado Dr. Antonio García García, DECLARA ABANDONO DE TRAMITES EN EL PRESENTE RECURSO. Así mismo considera este Tribunal mencionar que intentar una acción de amparo, la cual tiene carácter urgente, para luego abandonarla, hace que este Juzgado se aparte de casos que verdaderamente requieren de la tutela constitucional. Archívese el asunto. Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. L.S. El Juez Titular, (Fdo) Dr. Freddy Duque Ramírez. La Secretaria, (Fdo) Sarah Franco Castellanos. La suscrita Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, Certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto a su original y la expide por mandato judicial en Barquisimeto a los diecinueve (19) días del mes de junio de dos mil ocho. Años 198° Y 149°.
La Secretaria,
Abog. Sarah Franco Castellanos
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