REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 30 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-D-2002-000004
CESACION DE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA

En fecha 26 de Febrero de 2007, el Tribunal de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes, procedió a la imposición de la medida de Libertad Asistida por el lapso de un (01) año al joven KEIBER ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano cédula de identidad No 17.134.287, fecha de nacimiento 12-01-1986 de 22 años de edad, hijo de Alicia del Carmen Rodríguez y Edgar Rodríguez, residenciado en el caserío el Pueblito, calle Principal a cincuenta metros de la cancha múltiple, casa s/n, Quibor Municipio Jiménez, Estado Lara, teléfono 0416-255-32-02, en la causa seguida por la comisión del delito de Violación, previsto en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal, hecho ocurrido el día 20-06-2002, por el cual se dictó sentencia en fecha 18-05-2006.


Corre inserta en las presentes actuaciones comunicación No 1410-2008, de fecha 16-050-2008 del Panaced, recibida por este Tribunal en fecha 18-05-2008, donde informan que el joven sancionado cumplió regularmente con su medida fue valorado por psiquiatría por el Doctor César Isaacura remitiendo los exámenes psiquiátricos y scrining toxicológico de fecha 03-08-2007 y recibidos por el tribunal en fecha 26-09-2007

Como se evidencia el joven sancionado cumplió con la medida de Libertad Asistida, por un lapso de un (01) año el cual reingresó el 05-06-2006, y se le realizaron las respectivas evaluaciones psiquiátricas y el scrining toxicológico, por lo que considera este tribunal en ratio legis, debe declararse la cesación de la sanción de Libertad Asistida de conformidad con el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ordena fijar la audiencia para verificar el cumplimiento de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta


DISPOSITIVA

Por todo lo expuesto, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta la cesación de la medida de Libertad Asistida, en favor del joven KEIBER ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en la causa seguida por la comisión del delito de Violación, previsto en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal. Fíjese la audiencia para verificar el cumplimiento de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta. Notifíquese al joven sancionado a la Defensa y a la Fiscala 18 del Ministerio Público. Líbrese oficio al Panaced.


El Juez de Ejecución.


Abog. Gerardo Pastor Arias


El Secretario