REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 16 de Junio de 2008
196º y 147º
ASUNTO KP01-D-2006-000050
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y visto el escrito suscrito por la representante legal del adolescente, Ciudadana DALIA ROSA SUAREZ y de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal a los efectos de revisar la medida cautelar representaciones periódicas, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Informa la representante legal del adolescente que su hijo se encuentra cumpliendo Rehabilitación contra el consumo de drogas en Carora, por lo que no puede dar cumplimiento a la medida de presentación, ahora bien tomando en consideración que estamos frente a un sistema especial cuyo fin es reinsertar al adolescente a la sociedad a fin que estos asuman una función constructiva y dado que las medidas cautelares pueden ser revisadas en cualquier momento a solicitud del adolescente de conformidad con lo establecido en el articulo 548 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que es deber del Estado la protección sus derechos y garantías Constitucionales, aunado a que las resultas del proceso se pueden ver satisfechas con la aplicación de una medida menos gravosa . Habiendo realizado quien juzga un examen de la respectiva medida considera que es procedente sustituir la medida cautelar de presentación y acuerda mantenerlo al cuidado y vigilancia de la Institución donde recibe Rehabilitación. GRANJA EL OASIS, UBICADA EN Carora, sector el Rosario paso Ocumare, cerca de la chivera, telf. 0252-4156338, 0426-7543478. Así se decide.
DECISION
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Control de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: Se MODIFICA la medida cautelar de presentación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA y acuerda mantenerlo al cuidado y vigilancia de la Institución donde recibe Rehabilitación. GRANJA EL OASIS, UBICADA EN Carora, sector el Rosario paso Ocumare, cerca de la chivera, telf. 0252-4156338, 0426-7543478. Líbrese oficio a la referida granja indicando que el adolescente permanecerá bajo sus cuidados y vigilancia y deben informar cada 30 días la evolución del adolescente. Líbrese Boleta de Notificación a las partes. Regístrese y Publíquese.
LA JUEZ DE CONTROL
FLORANGEL MONASTERIOS.
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