REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO
Barquisimeto, 17 de Junio de 2008
Años: 198° y 149°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-006030
Revisado el presente asunto y visto oficio presentado por la Fiscal Tercero del Ministerio Público del estado Lara, Abg. FATIMA CADENAS MARTINEZ, de fecha 19-09-2007, folio 54, donde hace del conocimiento a este Despacho Tribunalicio, que esa Representación Fiscal en fecha 18-09-07, decretó el ARCHIVO FISCAL de las actuaciones contenidas en la presente causa (Nº de Fiscalía:13-F3-01435-06), seguida contra el ciudadano GUSTAVO LINAREZ, en virtud de que se presentó al Ministerio Público, la víctima PRICILIA MERCEDES OROPEZA DE GARCIA, y se le tomó entrevista en la cual manifestó entre otras cosas que perdonó a su concubino GUSTAVO LINAREZ, y que ha mejorado la relación entre ambos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio Nº 6 de este Circuito Judicial Penal del estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte de la Fiscalia Tercera de Ministerio Público del estado Lara, ordena el cese de toda medida cautelar decretada contra el ciudadano GUSTAVO ALFONSO LINAREZ AMARO, titular de la cédula de identidad Nº 7.420.318, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, vigente para la época en que ocurrieron los hechos. Se ordena remitir las actuaciones al Archivo Judicial, una vez que sean notificadas las partes, víctima e imputado, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.-
EL JUEZ DE JUICIO Nº 6
ABG. CARLOS LUIS GONZÁLEZ
El SECRETARIO
ABG. PEDRO CHACON