REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 12-06-2008
198° y 149°

AUDIENCIA PRELIMINAR


ASUNTO N° KP02-L-2007-2040

PARTE ACTORA: NOLBERTO JOSE BARRETO APONTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 17.992.284

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: LISBELSY GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.135

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SEGUACA CA.

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: SILENY BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.227

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy 12 de junio del 2007, siendo las 10:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil JAVIER TORREALBA; quien señala que la parte actora ciudadano NOLBERTO JOSE BARRETO APONTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 17.992.284, no compareció, asistiendo por esta parte la representación de la Procuraduría de los Trabajadores abogada LISBELSY GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.135, quien no tiene poder para actuar en representación del referido trabajador. Por la empresa demandada comparece su apoderada abogada SILENY BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.227; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 197° Y 149°.



LA JUEZ,

ABG. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO

LA PROCURADORA DEL TRABAJO
EL DEMANDADO,


LA SECRETARIA

ABOG. ROSALUX GALINDEZ