REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado CUARTO (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, diez (10) de Junio del dos mil Ocho
198º y 149º
ASUNTO: FHO3-L-2000-000051
AUTO
Visto el escrito de recusación consignado por el apoderado judicial de la parte accionada en la presente demanda, este tribunal, encontrándose la causa en fase de ejecución, y en acatamiento al procedimiento establecido en el capitulo II artículos 32, 36 y subsiguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo acuerda admitirla y remitir los autos al juez superior laboral. Advirtiéndole a la parte recusante que en fecha 07-03-2008 fue interpuesta la primera recusación contra este juez ejecutor por esta misma causa, siendo declarada SIN LUGAR en fecha 12-05-2008 por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.( Ver folio 196 al 203 del cuaderno separado de recusación). Igualmente en los autos no reposa poder original del recusante. Remítase los autos al Tribunal Superior Laboral, se suspende la causa hasta la resolución de la incidencia. Abrase cuaderno de recusación.Se ordena desglosar el presente auto a los fines de que encabece el cuaderno de recusacion. Así se establece.


EL JUEZ,

Abg. JESUS ARENAS HERNANDEZ


LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA GRANADO