REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000004
PARTE ACTORA: OMAR ENRIQUE MADARIAGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YULIMAR CHARAGUA, ELBA HERRERA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUHABIT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LILIETH GRETTI CHOURIO ROSAS y WENNER GERD LEGISA MICLOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Hoy, 11 de junio de 2008, siendo las 3:00 P.M. día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparece el ciudadano OMAR ENRIQUE MADARIAGA, titular de la cédula de identidad nº 14.987.207, demandante en el presente juicio, acompañado por la abogada ELBA HERRERA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nº 93.273, igualmente comparece la abogada LILIETH CHOURIO ROSAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nº 110.170, co-apoderada judicial de la demandada de autos: CONSTRUHABIT, C.A. dándose así inicio a la audiencia. En ese estado, la apoderada judicial de CONSTRUHABIT manifiesta, que con el ánimo de poner fin al presente juicio, propone al ciudadano OMAR ENRIQUE MADARIAGA, en nombre de su representada, un pago único y definitivo de Bs. F. 2.000,oo, de seguidas el demandante manifiesta, previa consulta con su apoderada judicial, que considera suficiente el monto propuesto por la demandada, por lo que le da su conformidad y aceptación, a continuación la abogada LILIETH CHOURIO ROSAS, entrega al demandante, quien lo recibe, la suma de Bs. F. 2.000,oo, en dinero efectivo, declarando este ultimo con dicha entrega, que nada mas queda a deberle CONSTRUHABIT, C.A. por la presente demanda. En consideración a lo anterior, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en vista que el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que las partes reciben en este acto las pruebas aportadas al inicio de la audiencia preliminar.

El Juez,
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,

ABG. CARMEN LEDEZMA
Los Compareciente