REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLÍVAR.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolivar, 4 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : FP01-P-2006-011007
ASUNTO : FP01-P-2006-011007

AUTO DE ACUMULACIÓN

Por cuanto se evidencia de que en fecha 02/06/2008, se realizo auto de acumulación en la presenta causa del asunto signado bajo la nomenclatura FPK01-P-2006-05, conformado por tres piezas, las cuales son copias certificadas de la causa FP01-P-2006-11007, y es un cuaderno separado en virtud de la separación de la causa principal motivado a la orden de captura librada en fecha 10/01/2008 al acusado IDROGO CASTILLO GUELIS RAFAEL, en razón de que el mismo fue aprehendido y en virtud de que este Tribunal ordeno la acumulación del referido cuaderno separado en aras de garantizar el principio de la unidad del proceso como lo establece el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de la realización de un solo juicio por lo que se considera innecesario agregar al expediente principal el cúmulo de copias certificadas que constituyen las tres piezas, ya que esto originaria la creación de un expediente muy extenso con actuaciones repetidas por lo que solamente será agregada la tercera pieza del cuaderno separado N° FK01-P-2006-05, donde cursan las ultimas actuaciones realizadas en esa causa, invalidando las demás piezas que son la primera y la segunda. Es todo.-
LA JUES CUARTO DE JUICIO
ABG. SANDRA YURISMA AVILEZ
EL SECRETARIO DE SALA
ABG.

Sya/