REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLÍVAR.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 27 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : FJ01-P-2007-000008
ASUNTO : FJ01-P-2007-000008
Visto el escrito presentado por el Abogado EMILIO POCATERRA, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público, mediante el cual solicita que la presente causa signada bajo el N° FJ01-P-2007-08 seguida al ciudadano JAURI RAFAEL DOMINGUEZ, se acumule al expediente N° FJ01-P-2007-02 seguida a los ciudadanos NILIO JESÚS SOLORZANO y DOUGLAS JOSE MORILLO, la cual guarda relación por ser los mismos hechos donde se encuentran involucrados todos los acusados.
Ahora bien este Tribunal una vez revisada la solicitud Fiscal, observa que la causa N° FP01-P-2007-02, cursa ante el Tribunal Primero de Juicio por separación de causa principal, seguida a los ciudadanos NILIO JESÚS SOLORZANO y DOUGLAS JOSÉ MORILLO TORREALBA por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° y 458, ambos del Código Penal, en relación con el artículo 83 ejusdem. Así como también se pudo observar que por el mismo hecho fue presentado además de los acusados ya señalados, el ciudadano JAURI JAVIER DOMINGUEZ una vez lograda su Aprehensión en fecha posterior, y a quien se le sigue causa N° FJ01-P-2007-08, ordenándose la apertura a Juicio correspondiendo el conocimiento de dicha causa este despacho por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° y 458, ambos del Código Penal, en relación con el artículo 83 ejusdem en perjuicio del occiso JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ CORDOVA, y ambas causas se encuentran en la Fase de Juicio Oral y Público, es por lo que éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículos 72 y el Principio de Unidad de Proceso previsto en el 73 del Código Orgánico Procesal Penal ordena oficiar al Tribunal Primero de Juicio remitiéndole la presente causa a los fines de su acumulación ya que se trata de los mismos hechos y los acusados se encuentran procesados en Tribunales distintos.
Ofíciese lo conducente.-
La Juez Cuarto de Juicio
Abog. Sandra Avilez
La Secretaria de Sala
Abog. Everglis Campos