REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 18 de Julio de 2008
Años 197º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-2803

PARTE ACTORA: CLAUDIO LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 9.631.089.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA PROYECTOS CORDILLERA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADO: MARCANO CRUZ ANTONIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 28.386.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy dieciocho (18) de julio de 2008, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, concurrió por la parte demandada CONSTRUCTORA PROYECTOS CORDILLERA, C.A., su apoderado judicial, abogado MARCANO CRUZ ANTONIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 28.386, según Poder Original que presenta a los fines que sea agregado a los autos. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así mismo, se deja constancia que compareció la abogada AVIANNY GARCIA, Inpreabogado Nro. 108.918, en su condición de Procuradora Especial de trabajadores.-

Juez,

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,

Abg. Anniely Elías Corona.-

Parte demandada Procuradora Especial de Trabajadores