REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000480

El ciudadano JHONNY PASTOR MELENDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.735.592, y de este domicilio, manifestó estar separado de su cónyuge MARTINA DEL ROSARIO VARGAS DE MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.311.179, y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 13-05-2008, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 05-06-2008, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que conyugal que contrajeran los ciudadanos JHONNY PASTOR MELENDEZ y MARIA JOSEFINA NIEVES DE ARRIECHE y MARTINA DEL ROSARIO VARGAS DE MELENDEZ, ya identificados, por ante la Alcaldía del Municipio Unión del Distrito Iribarren del estado Lara (hoy Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara), en fecha 02 de Febrero 1976. Ofíciese a la Alcaldía y al Registrador Principal correspondiente. De dicha unión no procrearon hijos ni bienes de fortuna. La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Se acuerda expedir copias certificadas.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los Treinta (30) días del mes de Julio de dos mil Ocho. Años. 198° y 149°.

El Juez, La Secretaria.,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.

Publicada a la fecha.

HRPB/LAAE/jysp.