REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-001409
El ciudadano SANCHEZ RUIZ HUGO, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-15.265.428, domiciliada en el Barrio Santa Isabel, Carrera 1 y 2 con Calle 5, Casa N° 1-65, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Barquisimeto, Estado Lara, solicito la INSERCIÒN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, quien nació el Dieciséis (16) de Julio de Mil Novecientos Cuarenta y Nueve, en Guarico, Distrito Moran del Estado Lara. La solicitud se admitió en cuanto a lugar en derecho, acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y publicar edicto en el diario El Informador, a fin de que cualquier persona interesada en impugnar la presente solicitud concurra a este Tribunal el décimo día de despacho siguiente a la publicación del mismo.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con vista de los documentos públicos consignados tal como las constancias del Prefecto del Municipio Moran, datos filiatorios y la constancia de la Arquidiócesis de Barquisimeto, y el edicto publicado en fecha 10-03-2008, queda comprobado que el ciudadano SANCHEZ RUIZ HUGO, no tiene partida de nacimiento, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA la INSERCIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano SANCHEZ RUIZ HUGO, y ordena al Jefe Civil de la Parroquia Guárico, Municipio Moran del Estado Lara, insertar la partida de nacimiento correspondiente. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Catorce del mes de Mayo de dos mil ocho. Años: 198° y 149°.
El Juez, La Secretaria,


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.

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