REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, uno de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-G-2007-000013

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO LARA, doctora ROSANGELA CORDERO HERNÁNDEZ, mediante la cual expuso que en atención a la Autorización expresa suscrita por el ciudadano Gobernador del Estado Lara, a su persona, DESISTE de la acción incoada contra la empresa MERCABAR C.A., conforme al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y solicitó homologue el desistimiento. Este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del presente asunto. Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. L.S. El Juez Titular (fdo.) Dr. Freddy Duque Ramírez.- La Secretaria (fdo.) Abog. Sarah Franco Castellanos.- La suscrita, Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y la expide por mandato judicial en Barquisimeto al primer día del mes de julio de dos mil ocho. Años: 198º y 149º.
La Secretaria,

Abog. Sarah Franco Castellanos





FDR/Maida