Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento introducida por la ciudadana YELITZA CAROLINA ESCALONA DE MILONOPULOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.430.690, asistida por la abogada ROSALYN YZARRA VASRGAS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 113.833, en la que solicita se corrija el error material existente en la partida de nacimiento de su hija, la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, por cuanto fue asentado el segundo nombre de la adolescente como “ALEXANDRE”, siendo lo correcto “ALEXANDRA”. Examinados cuidadosamente como han sido los recaudos presentados, este Tribunal, observa:
Único: Cursa al folio 11, comunicación de fecha 23 de Junio de 2008, emanado de la Policlínica Barquisimeto C.A., centro asistencial donde nació la adolescente de autos, en cual informan los datos correctos y exactos relacionados con la misma, señalando que el nombre dado a la adolescente para el momento de su nacimiento fue ZOI ALEXANDRE, evidenciándose entonces que no existe error alguno en el nombre de la misma; con relación a los solicitados en la presente rectificación, en tal sentido mal podría esta Juzgadora ordenar se corrija un error que no existe, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente solicitud, por cuanto la Partida de Nacimiento de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), ya que no adolece de los errores solicitados a rectificar, y así se decide.
En consecuencia, désele por terminado el presente asunto, y remítase al archivo judicial para su conservación y archivo definitivo. Hágase entrega a la parte solicitante de los originales que solicite y déjese en su lugar copias certificada de los mismos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 25 días del mes de Julio de 2008.-
La Juez de Juicio Nº 2
Abg. Lisbeth Leal Agüero.
La Secretaria.
LLA/carlos.-
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