REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION No. 2
EN SU NOMBRE


Barquisimeto, 21 de Julio de 2008
Años: 197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-013894

Visto el presente asunto y revisadas como han sido las actas que lo conforman, SE ORDENA CON CARACTER DE URGENCIA, OFICIAR a la UNIDAD TECNICA a los fines de que a la MAYOR BREVEDAD POSIBLE se remitan a este Tribunal los Informes y Estudios realizados a los penados DARWUIN MARTIN JIMENEZ LINARES C.i. Nr5o. 21.128.912 y y NAILET YELITZA OVIEDO Cédula de Identidad Nro. 15.885.362, toda vez que actualmente son favorecidos con la decisión de la Sala Constitucional de fecha 21 de Abril de 2008, optando ambos a beneficios de ejecución de pena o formulas alternativas de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, siendo de extrema URGENCIA para este Tribunal contar con el Informe solicitado, a los fines de constatar los extremos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, ofíciese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 2


Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez

La Secretaria


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria