REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTACIA EN FUNCION CUARTO DE JUICIO
Barquisimeto, 10 de Julio de 2008 Años 197° y 148°

ASUNTO: KP01- P-2005-004436
FUNDAMENTACIÓN DE SOBRESEIMIENTO POR MUERTE

Corresponde a este Tribunal pasa a pronunciarse respecto a SOBRESEIMIENTO, en la causa seguida al Acusado ENRIQUE JOSÉ GUL AGÜERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.737.726. Por la comisión de los delitos de LESIONES CALIFICADAS DE CARÁCTER LEVES y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 416 y 458 del código Penal.
MOTIVACIÓN
Observa este Tribunal que riela al folio (456) Acta de defunción de quien en vida respondiera al nombre de ENRIQUE JOSÉ GUL AGÜERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.737.726, quien aparece como Acusado en el presente Asunto, y que al verificar dicho recaudo lo ajustado a derecho es decretar la extinción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y por ende el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el articulo 318 Ordinal 3ero. Ejusdem., al ciudadano ENRIQUE JOSÉ GUL AGÜERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.737.726.

DECISION
Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: DECRETA la extinción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y por ende el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el articulo 318 Ordinal 3ero. Ejusdem., al ciudadano ENRIQUE JOSÉ GUL AGÜERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.737.726.
Notifíquese a las partes.
Juez Cuarto de Juicio

Abg. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

Secretaria