REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 8 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-006716
Asunto: KP01-P-2008-006716

Corresponde a este Juzgado Número 8º de Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Lara, resolver sobre la solicitud de decreto de Orden de Arresto Transitorio en contra del ciudadano EDGAR HIPOLITO PACHECHO ALVAREZ, con cédula de identidad Nº V-7.419.133, de 41 años, obrero, natural de Barquisimeto Estado Lara, residenciado en la carrera 23 entre 22 y 24 cerca del Hospital, casa de color blanco, formulada por la Fiscalía Décima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, este Tribunal procede a pronunciarse en los siguientes términos:

Visto el escrito presentado por la Abg. JOSE ELEGNO MORA MOLINA, en su condición de Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en la que solicita a este Tribunal le sea decretado Orden de Arresto Transitorio en contra del ciudadano EDGAR HIPOLITO PACHECHO ALVAREZ a quien la ciudadana YACKELINE MAGDALENA SANCHEZ, con Cédula de Identidad Nº 7.447.063, venezolana, mayor de edad, de 39 años de edad, domiciliada en la Av. Venezuela entre 23 y 24, Casa S/Nº portón negro de esta ciudad, de oficios del hogar, señaló en su oportunidad de haberla agredido físicamente.

De lo antes transcrito se evidencia que el representante de la Vindicta Pública solicita dicha orden en virtud de que a su criterio se encuentran llenos los requisitos establecidos en los artículos 55 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 92 ordinal 1º de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en donde este último establece “El órgano receptor, en caso de necesidad y urgencia, podrá solicitar al Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas la respectiva orden de arresto...”

Observa este Tribunal de la revisión del escrito presentado por la representación fiscal como fundamento de su solicitud y por ser un caso de extrema Necesidad y Urgencia en la que concurren tres supuestos fácticos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, vale decir, se evidencia la comisión de un hecho punible de los previstos en la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que merece pena privativa de libertad, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, por lo que existen elementos para estimar que el ciudadano EDGAR HIPOLITO PACHECHO ALVAREZ, es presuntamente autor o participe responsable de los hechos objeto de la presente causa y atendiendo no solo a la gravedad del delito y a la pena que podría llegar a imponerse, del mismo modo se presume el peligro de fuga lo que traería como consecuencia la paralización indefinida del presente proceso que afecta el derecho y tutela judicial efectiva y respuesta oportuna debida a la víctima de esta causa ciudadana YACKELINE MAGDALENA SANCHEZ, siendo procedente y ajustado a derecho decretar medida de Arresto Transitorio por el lapso de 48 horas en contra del ciudadano EDGAR HIPOLITO PACHECHO ALVAREZ, plenamente identificado conforme con los artículos 90, 92 numeral 1º de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DISPOSITIVA
EL JUEZ DE CONTROL Nº 8

ABG. TRINO LA ROSA VANDERDYS
LA SECRETARIA,