REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, 28 de Julio de Dos Mil Ocho (2008).-

Años: 198° y 149°.-
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN procedente del Juzgado Distribuidor de turno, presentada por la ciudadana: FUENTES DIAZ BEATRIZ ELENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 8.252.053, debidamente asistida en este acto por la ciudadana: CARMEN MARQUEZ DIAZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 35.640. Asimismo vistos los recaudos acompañados a la misma, en consecuencia anótese en el libro respectivo, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En la cual solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación del Acta de defunción del ciudadano JOSWUARD OSCAR BEJARANO, la cual esta signada con el Nº 592, folio 92, de fecha 25 de Noviembre de 2004 y fue levantada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Coche, del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual alega que se incurrió en un error material, al asentar el estado civil del causante, el cual se testo como: “…CASADO…”, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “…SOLTERO…”.- En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como Original de la Partida de Defunción y copia de la cedula de identidad del de cujus JOSWUARD OSCAR BEJARANO, originales de las partidas de nacimiento de los ciudadanos KOSSOSKY DIGENARO, KELINLLER BAETRIZ Y VICTOR EDUARDO y copia de cédula de identidad de la solicitante.- Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del causante JOSWUARD OSCAR BEJARANO, intentada por la ciudadana: FUENTES DIAZ BEATRIZ ELENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: 8.252.053, en el siguiente término: donde dice: “…CASADO…”; debe decir: “…SOLTERO…” En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Coche del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TEMPORAL,

DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.-
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
EXP Nº: 08-5122.-
RPV/LV/Yenny.-