REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 18 de julio de 2008.-
198º y 149º
ASUNTO: FP02-M-2008-000018

Visto el escrito de pruebas presentado por el abogado SAUL ANDRADE, en fecha 26 de junio del año en curso, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano JUAN OTERO RODRIGUEZ, parte actora en el presente proceso, el tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha 22 de abril del año en curso, fué practicada la intimación de la parte demandada, HUGO DI BENEDETTO DI FABIO, y por escrito de fecha 30 de abril de 2008, hizo oposición al procedimiento de intimación, comenzando a correr el lapso para dar contestación a la demanda el día 16 de mayo de 2008, el cual culminó en fecha 23 de mayo de 2008 quedando abierto a pruebas por un lapso de QUINCE DIAS DE DESPACHO, contados a partir del día 26 de mayo de 2008, el cual precluyó el día 18 de mayo de 2008.- Ahora bien, por todo lo antes expuesto se evidencia que las pruebas de la parte demandada fueron presentadas EXTEMPORÁNEAS POR TARDÍAS, por lo que este tribunal NIEGA su admisión, y ASI SE DECIDE.-

Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-

La Juez,


Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,

Sofía Medina.-
HFG/Jm