REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000824
PARTE ACTORA: ALIRIO JOSE MENDOZA MAITA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO APODERADO
PARTE DEMANDADA: CRISTALERIA PALERMO F.P.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR EDUARDO SILVA, LUDMILA ZAMBRANO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
Hoy, 11 de julio de 2008, siendo las 9:30 A.M., día y hora para que tenga lugar la audiencia preliminar se deja constancia de la comparecencia de los abogados OSCAR EDUARDO SILVA y LUDMILA ZAMBRANO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los nros. 54.750 y 34.205, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada de autos: CRISTALERIA PALERMO F.P. En ese estado el tribunal deja constancia de la NO comparecencia a la audiencia del ciudadano ALIRIO JOSE MENDOZA MAITA, titular de la cédula de identidad n° 8.464.513, demandante en el presente juicio, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.
El Juez
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,
ABG. MARIA CURBAGE
Los Comparecientes
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