REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE EJECUCION DE SENTENCIAS
Maracaibo, 03 de Julio de 2008
198° Y 146°
Este tribunal militar en razón del auto de ejecución de fecha 03 de agosto del 2006, en donde señala que el penado EX - C/2DO (EJ) FRANCISCO JAVIER RIVILLAS MATOS, titular de la cedula de identidad N°18.648.510 en fecha 01DIC2008, finalizo con la pena impuesta de dos (2) anos y seis (6) meses de prisión, mas la pena accesoria de inhabilitación política por el tiempo de la pena, contemplada en el ordinal 1 del articulo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, en sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Militar decimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, de fecha 01JUN2006, y quien ha cumplido a cabalidad con todas las obligaciones impuestas por este tribunal, es por ello que en atención al artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal penal, este Tribunal Militar de Ejecución en nombre de la Republica y por Autoridad de ley DECRETA LA LIBERACION PLENA al ciudadano EX–C/2DO (EJ) FRANCISCO JAVIER RIVILLAS MATOS, titular de la cedula de identidad N 18.648.510, por el cumplimiento legal y efectivo de la pena impuesta. Así se decreta.
Regístrese y expídanse las copias certificadas de ley, e igualmente notifíquese a las partes y remítase mediante oficio al Presidente del Circuito Judicial Penal Militar, al Comandante de la 1ª División de INF COGUAR – Mcbo, al Comandante del 414 B.B. “BRAVOS DE APURE’’, al Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia A/C División de Antecedentes, y al Presidente del Consejo Nacional Electoral.
EL JUEZ,
YONY ALBINO CARRILLO GARCIA
CORONEL (EJ)
SECRETARIO
JAIRO ENRIQUE CASTILLO DIAZ
SM/3RA
En la misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, librándose oficio número 107-08 al Presidente del Circuito Judicial Penal Militar, oficio numero 108-08 al Comandante de la 1RA División de INF y COGUAR – Mcbo, oficio numero 109-08 al Comandante del 414 B.B. “BRAVOS DE APURE”. Oficio numero 110-08 al Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia A/C División de Antecedentes, oficio numero 111-08 al Consejo Nacional Electoral, igualmente se elaboro boleta de notificación para el penado Francisco Javier Rivillas Matos, para el Fiscal Militar Vigésimo Primero de Maracaibo con Competencia Nacional, y para la Defensora Abogada Carlina del Valle Fuenmayor Villasmil.
EL SECRETARIO
JAIRO ENRIQUE CASTILLO DIAZ
DISTINGUIDO (GN)