REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 18 de Febrero de 2009
Años 198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-002802
PARTE ACTORA: GUADALUPE AMALIA ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 14.352.090.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ROSBELD ALVAREZ, IPSA Nro. 92.463, en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores
PARTE DEMANDADA: GUADALUPE ALVARADO
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: ADELA CAMPOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 71.925.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy dieciocho (18) de febrero de 2009, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. El Tribunal deja expresa constancia de que no comparecen ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno ninguna de las partes, de igual forma se deja constancia de la presencia del abogado ROSBELD ALVAREZ, IPSA Nro. 92.463, en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores, según la información suministrada por el Alguacil JAVIER TORREALBA, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
El Secretario
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
Abg. Gabriel Alonzo Moreno Viera

El Procurador