DEMANDANTE: KATIUSKA EMPERATRIZ CASTILLO. titular de la cédula de identidad N° 10.766.429.-.
APODERADO ACTOR. Abg. JULIO E. RAMIREZ ROJAS, I.P.S.A. N° 30.640.-
DEMANDADA: ALICIA TERESA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.848.943.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: DESIDERIO COLOMBO RIERA y ANTONIO ALVARADO ISEA, I.P.S.A Nos 6.287 y 79.913.
MOTIVO: TACHA DE FALCEDAD.
EXP. Nº 7891-07.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. C arora, 22 de Febrero de 2008.-
197º y 148º
Visto el Desistimiento realizado por el apoderado de la parte actora Abg. JULIO RAMIREZ, Inpreabogado N° 30.640, en fecha 15 de Febrero de 2.008 y la aceptación por parte del Co-apoderado de la parte demandada Abg. DESIDERIO COLOMBO, Inpreabogado N° 6.287, este Tribunal por cuanto el mismo no es contrario a derecho le imparte su homologación de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del presente expediente.
El Juez Titular,


Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
La Secretaria Accidental,


Abg. LAURA MARINA JUAREZ

En esta misma se registro bajo el Nº 138-08, se publico siendo la 10:00 a.m., se expidió copia certificada para archivo. Se archivó el expediente conforme a lo ordenado.
La Secretaria Accidental,


Abg. LAURA MARINA JUAREZ

Exp.N° 7891-07. cb2.