REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2007-001597
Revisadas como han sido las presente actuaciones y siendo que en fecha 06/02/2008, que el ciudadano JOSÉ GREGORIO CHAVEZ VARGAS, no compareció al acto previsto para ese día, este Tribunal declara Extinguido el presente procedimiento de Separación de Hechos internado por la ciudadana CECILIA ROSA AÑEZ CORDOBA contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO CHAVEZ VARGAS, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 185-A del Código Civil.
La Juez
Mariluz Josefina Perez
La Secretaria Acc.
Eliana Hernandez Silva
/Milagro