REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 22 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007-21557
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadano (a): NAILETH COROMOTO LEON PEREZ venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 15.77.123, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana NAILETH COROMOTO LEON PEREZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA BARRADEÑA BARRIO LA BATALLA SECTOR 2 CON CARRERA 7 S/N, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y con los siguientes linderos generales: NORTE: El antiguo camino que conduce de Barquisimeto a Quibor, SUR: La posesión Lomas de León, ESTE: Posesión los Cerrajones y OESTE: La posesión Tin Tin. Y los linderos generales: NORTE: Carrera 7, SUR: Terreno de Nestor Castillo, ESTE: Taller de metalúrgica Vargas y OESTE: Terreno de Nestor Castillo. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES BRACAMONTE.
LA SECRETARIA ACC.
Abg. Luisa Agüero
HRPB/achf.
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