REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de febrero de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-M-2005-000604

Visto el anterior CONVENIMIENTO, presentado por la parte demandada ciudadano FRANCISCO AREMCIBIA, asistido por el abogado en ejercicio JUAN FRANCISCO MARTÍNEZ AJUEZ, Juicio que le sigue a Ud., la Abogada ciudadana MARIA ISABEL BERMUDEZ ARENS, en representación del BANCO MERCANTIL, C.A en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvase los documentos originales solicitados dejándose copia certificada en su lugar. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el expediente.
El Juez,
La Secretaria Acc
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte
Abg. Luisa A. Agüero E.

HRPB/LaAe/vcg