REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2007-020422
Vista la solicitud formulada por la ciudadana BEATRIZ DEL CARMEN HERNANDEZ PARRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.243.272, actuando en su carácter de cónyuge del De Cujus ciudadano Alejandro Jesis Brito Gil y en representación de sus hijas ALEJANDRA y YURIBETH TERESA BRITO HERNANDEZ, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 17.342.949 y 18.334.264 respectivamente; y con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acordes con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad que le da a los Jueces la norma contenida en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros declara de conformidad con el Artículo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientemente para asegurar a las ciudadanas BEATRIZ DEL CARMEN HERNANDEZ PARRA, ALEJANDRA y YURIBETH TERESA BRITO HERNANDEZ su condición de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus ALEJANDRO JESIS BRITO GIL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.739.779, fallecido ab-intestato el dia 12 de Septiembre de 2007. Librense copias certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ LA SECRETARIA ACC,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.HRPB/LAAE/ij.
LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
LA SECRETARIA ACC,
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