REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-T-2008-000004
Vista la demanda de TRANSITO, presentada por el ciudadano FERNANDO ANTONIO PEREZ SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.149.605 contra los ciudadanos ELIGIO ANTONIO BARRIOS y GERARDO YUDIMIR GARCIA FRANCO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.255.010 y 18.432.581 respectivamente; este tribunal acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA, por cuanto el artículo 3° de la Resolución de fecha 30/01/96, Gaceta Oficial Nro. 35890, establece:
CITO: Los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito conocerán en primera instancia las causas cuya cuantía sea superior a cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00).-
Y siendo que los conceptos demandados no superan dicha suma, es por lo que este tribunal se declara incompetente por la cuantía, siendo de su conocimiento a un Juzgado de Municipio.
Remítase oportunamente el presente expediente a la U.R.D.D., a fin de ser distribuido en uno de los JUZGADOS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, a quién le corresponda el turno en la distribución. Remítase con oficio en su oportunidad a la U.R.D.D., a los fines de su distribución.
El Juez La Secretaria Acc,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/IJ
LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
|