REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE JUICIO
Barquisimeto, 19 de Febrero de 2008
Años: 197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL Nº KP01-P-2007-003657
Visto; Escrito presentado por el Abogado; en su carácter de defensor Publico Penal del Imputado; José Ramírez Briceño a los fines de solicitar una Revisión del Régimen de Presentación la misma sea extendido a treinta días.
Del análisis de la presente solicitud una vez revisado el sistema Iure 2000, se constata que efectivamente el supra mencionado imputado se encuentra cumpliendo con las medidas impuestas, todo ello a los fines de estimar la procedencia de lo solicitado por la defensa. Así se declara.
En consecuencia este tribunal de primera instancia en lo penal en función de juicio No. 4, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda: el cambio o sustitución de medida al imputado; José Ramírez Briceño, conforme a lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, dicha revisión de la medida impuesta conforme a lo establecido en el articulo 256, numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal, van referida al régimen de presentación a cada treinta días. Manteniéndose las demás medidas impuesta en su oportunidad. Publíquese, Notifíquese y cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE JUICIO N ° 4
ABG. JORGE QUERALES
LA SECRETARIA
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