REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, Ocho (08) de Febrero del Dos Mil Ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : FP02-L-2005-000495
Resolución Interlocutoria con fuerza definitiva Nro. PJ075200800035
PARTE ACTORA: JOE GABRIEL ABAD, Cedula Nro.10.553.868
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: ARGENIS CENTENO, abogado, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 93.116, Cedula Nro. 14.778.022.
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES C.A. (SERECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Por cuanto consta en el auto de fecha 12 de Diciembre del 2007, emanado de este tribunal, que se ha dado cumplimiento a la entrega de los cheques embargados por el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Judicial del Estado Monagas, Sede Maturín, por cumplimiento de exhorto, en pago de lo acordado en el acta de embargo practicado, mediante el cheque Nro. 82002088 del Banco Provivienda, sede Maturín por la cantidad de Bs. 5.739.370.05, a nombre del trabajador JOE GABRIEL ABAD, y el cheque Nro. 83002087 de la misma entidad bancaria por la suma de Bs. 268.800.00 a nombre de la experta contable ciudadana ISIS APONTE, este tribunal en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte la HOMOLOGACION al acto realizado, dándole al efecto valor de cosa juzgada conforme a la ley y se ORDENA en este acto el Cierre y archivo definitivo de la presente causa, remisión que debe hacerse en la oportunidad y conforme al cronograma vigente, según las pautas señaladas en el instructivo remitido y previo cumplimiento de las formalidades administrativas en el libro de registro y control llevado por este tribunal. Remítase al archivo judicial. ARCHIVESE. Así se decide.
EL JUEZ
Abg. JESUS ARENAS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
Abg. ANGELICA GRANADO
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