REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-002113
PARTE DEMANDANTE: RAFAEL ENRIQUE PERNALETE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.407.702
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: ANA CECILIA SARMIENTO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 108.665.
PARTE DEMANDADA: GRANJA AVÍCOLA LA MAMA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 10 de enero de 2008 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma ni la parte actora RAFAEL ENRIQUE PERNALETE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.407.702, ni la parte demandada, GRANJA AVÍCOLA LA MAMA hicieron acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno con cualidad para representarlos por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Juez,



Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,


Abg. Jennys L. Nieto Sánchez