REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 03 de diciembre de 2007
Años: 197º y 148

ASUNTO: KP02-L-2007-1036

PARTE ACTORA: FRANNILY GERARDO VASQUEZ HERNANDEZ, GUILLERMO ALBERTO GARCÍA RUIZ, LENIS GRISELDA YÉPEZ, JENNY JULIANA GIL, JUAN CARLO CAMACHO GIMENEZ, RICARDO ALCÍDES SUÁREZ SIVIRA, REINALDO ARGENIS SUAREZ SIVIRA, ANÍBAL RAMÓN RODRÍGUEZ, ORLANDO RAFAEL RIERA BARRETO, JOEL ANTONIO PENA MONJES, EFRAÍN ANTÓNIO MANFREY JIMÉNEZ, GABRIEL JOSÉ RODRÍGUEZ SUAREZ, RAMÓN GERARDO BRABO ZAMBRANO, NELWIN RAFAEL HERNANDEZ MORA, FERNANDO ANTONIO ESCALONA UZCATEGUI WARVIR JOSÉ RAMONEZ SILVA, YSMAEL JESÚS VARGAS MARTÍNEZ Y ANTONIO JOSÉ GIMENEZ

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YENTTY GOMEZ Y EMMANUEL ORTIZ, de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los N° 104.019 y 102.283 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: PLASTIBLOW DE VENEZUELA C.A. Y BLOW-PLASTIC, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 03 de diciembre de 2007, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandante FRANNILY GERARDO VASQUEZ HERNANDEZ, GUILLERMO ALBERTO GARCÍA RUIZ, LENIS GRISELDA YÉPEZ, JENNY JULIANA GIL, JUAN CARLO CAMACHO GIMENEZ, RICARDO ALCÍDES SUÁREZ SIVIRA, REINALDO ARGENIS SUAREZ SIVIRA, ANÍBAL RAMÓN RODRÍGUEZ, ORLANDO RAFAEL RIERA BARRETO, JOEL ANTONIO PENA MONJES, EFRAÍN ANTÓNIO MANFREY JIMÉNEZ, GABRIEL JOSÉ RODRÍGUEZ SUAREZ, RAMÓN GERARDO BRABO ZAMBRANO, NELWIN RAFAEL HERNANDEZ MORA, FERNANDO ANTONIO ESCALONA UZCATEGUI WARVIR JOSÉ RAMONEZ SILVA, YSMAEL JESÚS VARGAS MARTÍNEZ Y ANTONIO JOSÉ GIMENEZ, sus apoderados YENTTY GOMEZ Y EMMANUEL ORTIZ, de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los N° 104.019 y 102.283 respectivamente, presentando Poder en original para que sea certificado el que se encuentra en los autos, lo cual se realiza en este mismo acto, así mismo consignan escrito de pruebas constante de cinco (05) folios y trescientos setenta y cuatro (374) anexos los cuales se quedaran en custodia de este Tribunal. En este estado se deja constancia de que la empresa demandada PLASTIBLOW DE VENEZUELA C.A. Y BLOW-PLASTIC, C.A. no compareció por medio de representante judicial ni estatutario alguno, por lo de que conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la presunción de la ADMISIÓN DE LOS HECHOS, alegados por el demandante; y en tal sentido, este Juzgado difiere por cinco (05) días hábiles, contados a partir del día de despacho siguiente a la publicación de la presente acta, para reproducir el fallo por escrito de manera motivada, conforme lo establece el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicado supletoriamente por remisión del artículo eiusdem.
El Juez

Abg. Yraima Betancourt
La Secretaria

Abg. María Alexandra Odón


La Parte Demandante