REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : KP02-S-2007-008918
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.987.125, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Barrio El Tostao 1, Calle Zamora con Calle Lara, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren Estado Lara , sobre un lote de terreno ejido, que mide DOSCIENTOS METROS (200 Mts); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Antigua Bloquera; SUR: Calle Zamora; ESTE: Tenistocle Peraza y OESTE: Carmen Reyes. Dichas bienhechurías consisten en una casa de tres habitaciones, sala, porche, garaje, paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento, cerca con alambres. El valor invertido es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES ( Bs. 8.000.000,00) ( Bs. F. 8.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, Marcos Camacaro y Antonio Mendoza éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS SANCHEZ ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
Abg. Mariluz Josefina Perez
La Secretaria Acc.
Eliana Hernández Silva
MJP/ José
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