REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 31 de Enero del 2008
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007- 16562
Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano : PEDRO MANUEL QUIROZ ALVARO, venezolano, titular de la cedula de identidad número V.- 7.350.631, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de OCHENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.85.000.000), EQUIVALENTES A OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 85.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano, PEDRO MANUEL QUIROZ ALVARO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL ASENTAMIENTO SAN ANTONIO- LAS LLANADAS, JURISDICCION DE LA PARROQUIA TAMACA , MUNICIPIO DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: en línea de 84 mts con parcela o terrenos ocupados por Silverio Montero, SUR: en línea de 265 mts con parcela o terrenos ocupados por IIdesmaro Peña ; ESTE: en línea de 250 mts con autopista Barquisimeto-Duaca y OESTE: en dos líneas de 200 mts y 862 mts con vía de penetración agrícola ; Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ
Abg. HAROLD R. PAREDES B. La Secretaria Acc.
Abg. Luisa A. Agüero

HRPB/LAA/mj