REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º


Asunto: KP02-L-2007-1246

Demandante: GOMEZ EFRAIN, GOMEZ VELAZQUEZ EFRAIN JOSE y GOMEZ FRANKLIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.726.029, 17.859.624 y 18.136.835 respectivamente.
Abogado Parte Demandante: RICHARD RODRIGUEZ, IPSA No.90.324.
Demandada: INVERSIONES EDAC C.A. representada por BALVINO LOPEZ y MIGUEL CALDERA.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Sentencia: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

En fecha 21-05-07 se recibió demanda por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Estado Lara, presentada por los ciudadanos GOMEZ EFRAIN, GOMEZ VELAZQUEZ EFRAIN JOSE y GOMEZ FRANKLIN, antes identificados, en contra de INVERSIONES EDAC C.A. representada por BALVINO LOPEZ y MIGUEL CALDERA procediéndose a su admisión en fecha 25-05-07.
Ahora bien, el 12-11-07-2007 compareció ante la URDD Civil la parte demandante ciudadanos GOMEZ EFRAIN, GOMEZ VELAZQUEZ EFRAIN JOSE y GOMEZ FRANKLIN, antes identificados asistido por el abogado JOSE CARLOS RODRIGUEZ Inpre 61.363, y presentó diligencia la cual corre inserta en el folio 15 del expediente y manifiestan que:

“… en virtud de que el patrono INVERSIONES EDAC. C.A. representada por BALBINO LOPEZ nos ha cancelado lo correspondiente a todos nuestros derechos y demas conceptos laborales es por lo que acudimos a su competente autoridad para DESISTIR de la demanda que tenemos incoada contra INVERSIONES EDAC. C.A. representada por BALBINO LOPEZ y solicitarle se sirva ordenar el archivo del expediente...”

Este Tribunal, luego de haber visto que la parte actora voluntariamente ha DESISTIDO DEL PROCEDIMIENTO de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, acuerda HOMOLOGARLO, conforme a los artículos 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, advirtiendo que no podrá volver a proponer su demanda antes de que transcurran 90 dias continuos conforme al art.130 de la LOPT. Así lo declara.

D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentado por los ciudadanos GOMEZ EFRAIN, GOMEZ VELAZQUEZ EFRAIN JOSE y GOMEZ FRANKLIN, antes identificados, en contra de INVERSIONES EDAC C.A. representada por BALVINO LOPEZ y MIGUEL CALDERA.
SEGUNDO: Se condena en costas a los actores conforme al art.62 de la LOPT.
TERCERO: Se ordena Notificar a la parte demandada de la presente decisión.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara en Barquisimeto, a los 21 días del mes de enero del 2008.


Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO
Juez Octavo de Sustanciación, Mediación
y Ejecución de la Coordinación del Trabajo del Estado Lara


La Secretaria,

Hilda De Quiñones