REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
197º y 148º

SOLICITANTE: SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN) sociedad civil, sin fines de lucro, domiciliada en Caracas, Distrito Federal, debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal en fecha 25 de Mayo de 1955, bajo el No. 73, folio 150, Tomo Tercero del Protocolo Primero, cuya última modificación esta asentada ante la Oficina Subalterna de Registro de fecha 05 de Abril de 2001, bajo el No. 1.831, folios 3.745 al 3.770, del primer trimestre y autorizado su funcionamiento por el Ministerio de Justicia en fecha 23 de Agosto de 1.996, según resolución publicada en Gaceta Oficial No.36.065, de fecha 15 de Octubre de 1996.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE SOLICITANTE: HERNAN GARCIA TORRES, ROBERT DI GUIDA ARTEAGA, JOSE SALVADOR, BELLO RIOS, JOSE RAFAEL FARIÑAS y JUAN FERNANDEZ CORREA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpre-Abogado bajo los Nos. 103.918, 58.329, 17.249, 41.950, y 8.524, respectivamente.
MOTIVO: Solicitud de Inspección Judicial.-
Se inicia el presente proceso con escrito de solicitud interpuesto por los ciudadanos ROBERT DI GUIDA ARTEAGA y HERNAN GARCIA TORRES, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Sede Los Cortijos del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de Junio de 2007, y efectuado el correspondiente sorteo correspondió el conocimiento, sustanciación y decisión a este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio.
Por auto de fecha 22 de Junio de 2.007, se le dio entrada a la presente solicitud y se ordenó trasladar y constituir el Tribunal en la dirección indicada por la parte interesada, oportunidad que seria fijada en auto separado.
La parte interesada en la presente solicitud, mediante diligencia de fecha 15 de Enero de 2008, expuso:
“…DESISTO en nombre de mi representada, SACVEN, de la presente inspección en todos y cada uno de sus particulares…”

Por todos lo antes expuestos este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento de la solicitud de inspección judicial
Archívese el presente expediente.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de Enero del año Dos Mil Ocho (2.008).-
EL JUEZ TEMPORAL

Dr. REINALDO JOSE CABRERA ESPINOZA LA SECRETARIA,

DIOCELIS PEREZ BARRETO

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 03:20 p.m.
LA SECRETARIA,

DIOCELIS PEREZ BARRETO
RJCE/DPB/Gian.
AP31-S-2007-000887