REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
197º y 148º

SOLICITANTE: ciudadano OVER ARNESTO CIPRIANI GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpre-Abogado bajo el No. 13.491, quien actúa en su propio nombre y representación.
MOTIVO DE LA DEMANDA: Inspección Judicial.-

Se inicia el presente proceso con escrito de solicitud interpuesto por el ciudadano OVER ARNESTO CIPRIANI GONZALEZ, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Sede Los Cortijos del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05 de Junio de 2007, y efectuado el correspondiente sorteo correspondió el conocimiento, sustanciación y decisión a este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio.
Por auto de fecha 11 de Junio de 2.007, se le dio entrada a la presente solicitud y se ordenó trasladar y constituir el Tribunal en la dirección indicada por la parte interesada, oportunidad que seria fijada en auto separado.
La parte interesada en la presente solicitud, mediante escrito de fecha 09 de Enero de 2008, expuso:
“…Ciudadano Juez; en fecha once (11) de junio de 2007, Usted dicto una decisión donde estableció: “(…) en consecuencia, (…) cuya oportunidad será fijada por auto separado…” Pues bien Ciudadano Juez, en la oportunidad que solicite dicha Inspección Judicial extralitem no tenia otra alternativa para obtener la copia que se encuentra inserta en año 2006 de loa Libros de Autenticaciones llevados por la Notaria. Es por ello que desisto de dicha solicitud y ruego que cierre el expediente y ordene que el mismo sea devuelto previa su certificación para el archivo del Tribunal…”

Por todos lo antes expuestos este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento de la solicitud de inspeccion judicial
Archívese el presente expediente.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los catorce (14) días del mes de Enero del año Dos Mil Ocho (2.008).-
EL JUEZ TEMPORAL

Dr. REINALDO JOSE CABRERA ESPINOZA LA SECRETARIA,

DIOCELIS PEREZ BARRETO

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 03:20 p.m.
LA SECRETARIA,

DIOCELIS PEREZ BARRETO

RJCE/DPB/Gian.
AP31-S-2007-000751